Los programas de asistencia educativa ofrecidos por los empleadores ahora se pueden utilizar para pagar el capital y los intereses de los préstamos educativos calificados de un empleado. Tradicionalmente, estos programas se han utilizado para pagar libros, equipos, suministros, cuotas, matrícula y otros gastos educativos del empleado. Califican los pagos realizados directamente al prestamista, así como los realizados al empleado.
Por ley, los beneficios libres de impuestos bajo un programa de asistencia educativa están limitados a $5,250 por empleado por año. Normalmente, la asistencia proporcionada por encima de ese nivel está sujeta a impuestos como salario.
Aunque los programas de asistencia educativa han estado disponibles durante muchos años, la opción de utilizarlos para pagar préstamos estudiantiles está disponible solo para pagos realizados después del 27 de marzo de 2020. Según la ley actual, esta opción estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2025.
Para obtener más información sobre otros requisitos, consulte:
Publicación 15-B, Guía tributaria del empleador sobre beneficios complementarios
Publicación 970, Beneficios fiscales para la educación - Capítulo 10, proporciona detalles sobre lo que califica como préstamo estudiantil.