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martes, 19 de noviembre de 2024

USCIS Updates Guidance on Determining Custody for Children Acquiring U.S. Citizenship

 U.S. Citizenship and Immigration and Services is issuing guidance regarding the legal and physical custody requirements for purposes of acquisition of U.S. citizenship under section 320 and naturalization under section 322 of the Immigration and Nationality Act (INA). We are also expanding guidance on derivation of citizenship before the Child Citizenship Act of 2000, under former INA section 321.

The update clarifies and expands the current guidance on determining legal and physical custody of children of U.S. citizens for acquisition of citizenship purposes. Specifically, the updated guidance:

  • Expands guidance on when USCIS considers a child to be in the legal custody of the U.S. citizen parent, clarifies the effect of a nunc pro tunc (retroactive) correction of a custody order, and clarifies when USCIS may recognize private custody agreements;
  • Clarifies that USCIS considers a U.S. citizen parent who has actual uncontested custody of a child to have legal custody for purposes of acquisition of citizenship when there is no judicial determination on legal custody and the relevant jurisdiction’s law does not determine which parent has legal custody of the child;
  • Provides that a U.S. citizen parent has physical custody of a child when the child resides or physically lives with the parent;
  • Expands guidance on adjudicating derivation of U.S. citizenship claims before the Child Citizenship Act of 2000, by providing detailed clarification on each of the requirements of former INA section 321, including the legal custody requirements; and
  • Clarifies that USCIS cannot issue a Certificate of Citizenship to any applicant who does not take the Oath of Allegiance and is not eligible for a waiver of the oath.

This guidance is effective immediately and applies to applications pending on or after Nov. 19, 2024. For more information, see Volume 12, Part H of the USCIS Policy Manual.

This update will help ensure consistent determinations of legal and physical custody for adjudication of citizenship claims and provide more detailed guidance on how to determine legal and physical custody for eligibility for a certificate of citizenship in these cases. 

USCIS is also implementing these changes consistent with Executive Order 14012, Restoring Faith in Our Legal Immigration Systems and Strengthening Integration and Inclusion Efforts for New Americans, and the goals of removing barriers to citizenship.

For more information, see the policy alert.

lunes, 2 de septiembre de 2024

USCIS to Open International Field Office in Quito, Ecuador (USCIS abrirá oficina internacional en Quito, Ecuador)

 WASHINGTON— El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos anunció hoy la apertura de una oficina internacional en Quito, Ecuador, el 10 de septiembre. La oficina de Quito se centrará en aumentar la capacidad de procesamiento de refugiados, en consonancia con los compromisos del USCIS en el marco del Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos, y en ayudar a reunir a las personas con sus familiares que ya se encuentran en Estados Unidos.

“La apertura de la oficina local de Quito amplía la presencia internacional y la experiencia de USCIS en una ubicación crítica y es parte de nuestro compromiso con los esfuerzos de la administración Biden-Harris para facilitar vías legales seguras y ordenadas y cumplir con nuestra misión humanitaria”, dijo el director de USCIS, Ur M. Jaddou. “USCIS está dedicado a la equidad, la integridad y el respeto por todos los que servimos, y nuestra presencia en Ecuador es parte de un esfuerzo por expandir la presencia de USCIS fuera de los Estados Unidos para apoyar esa misión de manera más efectiva”.

La Oficina de Campo de Quito estará ubicada en la Embajada de los Estados Unidos en Ecuador y apoyará el esfuerzo del gobierno de los Estados Unidos para reasentar a los refugiados de las Américas, como se describe en la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección de junio de 2022. La Determinación Presidencial sobre Admisiones de Refugiados del año fiscal 2024 aumentó la meta para América Latina y el Caribe a un rango de 35.000 a 50.000 admisiones. Con una oficina de campo en Ecuador, el personal del USCIS podrá brindar experiencia en inmigración a la embajada de los Estados Unidos y a los socios regionales en apoyo de las Oficinas de Movilidad Segura en Ecuador. La iniciativa de Movilidad Segura facilita el procesamiento acelerado de refugiados a través del Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos y brinda información y referencias a otras vías de migración legal a los Estados Unidos y otros países.

Además de apoyar el procesamiento de refugiados en Ecuador y la región, el personal del USCIS se centrará en el trabajo de reunificación familiar y reanudará otras tareas críticas del USCIS en la embajada. Esta carga de trabajo incluye entrevistar y procesar el Formulario I-730, Petición de familiar de refugiado o asilado , tomar las huellas digitales de los beneficiarios de ciertas solicitudes del USCIS, supervisar la recolección de muestras de ADN y realizar actividades esenciales de detección de fraude.

Los servicios en la oficina de Quito estarán disponibles únicamente con cita previa. USCIS actualizará su página web de Oficinas de Inmigración Internacional para incluir información sobre la oficina local, sus servicios y citas.

La Oficina de Quito será la duodécima oficina internacional del USCIS. Actualmente, existen oficinas internacionales del USCIS en Ankara, Turquía; Pekín; Doha, Qatar; Cantón, China; Ciudad de Guatemala; La Habana; Ciudad de México; Nairobi, Kenia; Nueva Delhi; San Salvador, El Salvador; y Tegucigalpa, Honduras.


WWW.200GFS.COM 

viernes, 20 de octubre de 2023

U.S. Citizenship and Immigration Services

 Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. han publicado una guía de políticas en el Manual de Políticas de USCIS que aclara que una empresa unipersonal no puede presentar una petición en nombre de su propietario porque la empresa unipersonal no existe como una entidad legal distinta, separada y aparte del propietario.

Esta actualización del Manual de políticas afirma la orientación existente. La actualización distingue a un propietario único de un peticionario autónomo (como una corporación o una compañía de responsabilidad limitada con un solo propietario), donde la corporación o la compañía de responsabilidad limitada de un solo miembro es una entidad legal separada y distinta de su propietario, que puede solicitar por ese propietario.

Esta actualización también aclara la orientación sobre las peticiones generales. Las organizaciones internacionales presentan peticiones generales L-1 en nombre de todas las entidades individuales nombradas en la petición. USCIS está actualizando la guía de políticas para aclarar que el hecho de no presentar oportunamente una extensión de la petición general no activa el período de espera de 3 años antes de que se pueda presentar otra petición general.

Esta guía, contenida en el Volumen 2 del Manual de Políticas, entra en vigencia de inmediato. La orientación contenida en el Manual de Políticas controla y reemplaza cualquier orientación previa relacionada sobre el tema.

La clasificación de visa de no inmigrante L-1 permite a un empleador estadounidense que sea parte de una organización calificada transferir temporalmente empleados desde una de sus oficinas extranjeras relacionadas a ubicaciones en los Estados Unidos. Las políticas y prácticas existentes de USCIS establecen que una empresa unipersonal no puede presentar una petición L-1 en nombre de su propietario.

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