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jueves, 24 de septiembre de 2026

¿SIN ESTATUS MIGRATORIO PERO CON OBLIGACIONES TRIBUTARIAS? INMIGRACIÓN E IMPUESTOS NO SON LO MISMO.

 

¿SIN ESTATUS MIGRATORIO PERO CON OBLIGACIONES TRIBUTARIAS? INMIGRACIÓN E IMPUESTOS NO SON LO MISMO

Los posibles cambios al Form 1040 vuelven todavía más importante entender la diferencia entre estatus migratorio, residencia fiscal y actividad empresarial


Durante los últimos días ha comenzado a circular información sobre posibles cambios relacionados con el Form 1040, el estatus de determinados contribuyentes y la posibilidad de incorporar nuevas certificaciones relacionadas con ciertos beneficios tributarios.

La información tiene una base real, pero debemos manejarla con mucha responsabilidad.

El Departamento del Tesoro y el IRS han publicado regulaciones propuestas relacionadas con la elegibilidad para la parte reembolsable de determinados créditos tributarios, incluyendo el Child Tax Credit, Earned Income Tax Credit, American Opportunity Tax Credit y Adoption Tax Credit.

Pero debemos enfatizar algo:

Estamos hablando de propuestas y borradores. No debemos presentarlos como una modificación definitiva del Form 1040 hasta que el gobierno publique las reglas y formularios finales.

ESTATUS MIGRATORIO Y RESIDENCIA FISCAL NO SON LO MISMO

Este posiblemente sea el punto más importante.

Una persona puede encontrarse en Estados Unidos sin residencia permanente o incluso haber experimentado un cambio en su situación migratoria y, sin embargo, continuar siendo considerada residente de Estados Unidos para efectos tributarios.

El sistema tributario estadounidense tiene sus propias reglas para determinar la residencia fiscal.

Una de ellas es el Substantial Presence Test, que considera los días que una persona ha permanecido físicamente en Estados Unidos durante el año corriente y los dos años anteriores mediante una fórmula establecida por el IRS.

Por ello:

No tener determinado estatus migratorio no significa automáticamente no tener obligaciones tributarias en Estados Unidos.

Y tampoco debemos confundir residencia migratoria con residencia fiscal.

¿QUÉ OCURRE SI ADEMÁS LA PERSONA ES SOCIA DE UNA LLC?

Aquí entramos en un área donde una correcta estructura empresarial y una buena contabilidad pueden adquirir todavía mayor importancia.

Pensemos, por ejemplo, en una LLC real, operativa y constituida por dos o más miembros.

Para efectos tributarios federales, una LLC doméstica con dos o más miembros generalmente es clasificada por defecto como partnership, salvo que realice una elección válida para recibir un tratamiento tributario diferente.

Cuando tributa como partnership, la empresa presenta el Form 1065 y posteriormente emite a sus socios los correspondientes Schedule K-1.

Esto permite determinar primero el verdadero resultado económico de la actividad empresarial.

INGRESOS NO SIGNIFICA AUTOMÁTICAMENTE GANANCIA

Supongamos que durante el año una empresa recibió:

Ingresos brutos: $150,000

Pero para producir esos ingresos incurrió legítimamente en:

Gastos empresariales deducibles: $70,000

El análisis tributario no termina simplemente diciendo que entraron $150,000.

La contabilidad debe determinar cuáles gastos son reales, documentados, relacionados con la actividad y permitidos bajo las normas tributarias aplicables.

En este ejemplo simplificado, después de considerar $70,000 de gastos legítimos, quedarían $80,000 de resultado empresarial antes de considerar otras partidas tributarias que pudieran corresponder.

Ese resultado posteriormente será asignado entre los socios según corresponda y reportado mediante los respectivos K-1.

PERO LA LLC NO ELIMINA LA DECLARACIÓN PERSONAL

Esto también debe quedar perfectamente claro.

Una partnership es generalmente una entidad de pass-through taxation para efectos del impuesto federal sobre la renta.

La empresa presenta su Form 1065, pero las partidas tributarias correspondientes pasan a los socios mediante los Schedule K-1 y deben ser consideradas en sus respectivas declaraciones.

Dependiendo de la naturaleza de la actividad, de la participación del socio y de otros factores, también pueden existir consecuencias relacionadas con self-employment tax y otras obligaciones tributarias.

Por eso cada situación debe estudiarse individualmente.

¿ENTONCES TENER UNA EMPRESA PUEDE SER UNA BUENA ALTERNATIVA?

Puede ser una excelente herramienta empresarial y de planificación cuando existe una actividad económica real y una razón legítima para utilizarla.

Una empresa correctamente estructurada puede ayudar a:

  • separar las operaciones personales de las empresariales;
  • mantener una contabilidad organizada;
  • documentar adecuadamente ingresos y gastos;
  • conocer la verdadera rentabilidad del negocio;
  • establecer responsabilidades entre los socios;
  • y realizar una planificación tributaria mucho más organizada.

Pero una empresa no debe utilizarse para ocultar ingresos, crear gastos inexistentes ni alterar artificialmente la naturaleza de una actividad.

Y TENER UNA LLC NO OTORGA ESTATUS MIGRATORIO

Este punto es fundamental.

Ser propietario o socio de una LLC no concede por sí mismo estatus migratorio ni autorización para trabajar en Estados Unidos.

La propiedad de una empresa, la participación activa en sus operaciones, la autorización de empleo y las consecuencias migratorias son asuntos que pueden requerir un análisis independiente por parte de un profesional autorizado en materia migratoria.

Desde nuestra perspectiva tributaria y contable, debemos analizar correctamente:

residencia fiscal + estructura empresarial + contabilidad + ingresos + gastos + Form 1065 + Schedule K-1 + declaración personal.

Son piezas relacionadas, pero no debemos confundirlas.

LOS CAMBIOS QUE VIENEN HACEN QUE PLANIFICAR SEA TODAVÍA MÁS IMPORTANTE

Precisamente por las propuestas que actualmente están siendo consideradas por Treasury y el IRS, este no es momento para improvisar.

Tampoco debemos esperar hasta que llegue la próxima temporada de taxes para preguntarnos qué hacer.

La planificación comienza antes.

¿Soy residente fiscal de Estados Unidos?

¿Qué ingresos tengo obligación de declarar?

¿Tengo una actividad empresarial real que debería estar correctamente estructurada?

¿Mi empresa lleva una contabilidad adecuada?

¿Mis gastos están documentados?

¿Cómo afectará mi K-1 mi declaración personal?

Esas preguntas deben contestarse antes de preparar la declaración, no después.

Porque una persona puede experimentar cambios importantes en su situación migratoria y, al mismo tiempo, continuar teniendo obligaciones tributarias en Estados Unidos.

Y una estructura empresarial correctamente diseñada puede ser una herramienta muy importante para organizar y planificar esas obligaciones.

No busque atajos. Busque estructura, documentación y planificación.

Juan V. Fanti, MBA, CAA, PA
Two Hundred Global Financial Solutions, LLC


IMPORTANTE

Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y educativos y no constituye asesoría legal, migratoria, tributaria o financiera individualizada. Las normas tributarias y regulatorias pueden cambiar, y cada situación depende de sus circunstancias particulares.

Antes de tomar una decisión empresarial, tributaria o migratoria, consulte con el profesional correspondiente.

Two Hundred Global Financial Solutions, LLC ofrece servicios profesionales de contabilidad, preparación y planificación tributaria y estructuración empresarial. Los asuntos estrictamente migratorios o legales deben ser evaluados por un profesional debidamente autorizado en esas materias.

Two Hundred Global Financial Solutions, LLC
www.200GFS.com
info@200GFS.com
+1 (954) 683-3578

martes, 15 de septiembre de 2026

Si tienes que salir de Estados Unidos, no abandones lo que construiste: protege tu empresa, tus cuentas y tus propiedades Serie Familia — Artículo N.º 5

 


Salir de Estados Unidos, ya sea temporalmente o poSalir de Estados Unidos, ya sea temporalmente o por un período indefinido, no significa necesariamente que tengas que abandonar tu empresa, cerrar tus cuentas bancarias, vender apresuradamente tus propiedades o perder el patrimonio que construiste durante años de trabajo.

El verdadero peligro es marcharse sin planificación, dejar obligaciones pendientes y pensar que todo podrá resolverse posteriormente.

Prepararse para lo peor mientras se espera lo mejor no es ser negativo. Es actuar responsablemente para proteger a la familia.

Hacer los taxes no es una actividad de una sola vez al año

Muchas personas piensan en los impuestos solamente cuando llega la temporada de taxes. Sin embargo, una declaración correcta es el resultado de un proceso que debe mantenerse durante todo el año.

La planificación incluye:

  • Llevar un presupuesto personal y familiar.
  • Conocer cuánto dinero entra y cuánto sale.
  • Mantener separadas las finanzas personales y empresariales.
  • Organizar recibos, contratos, estados bancarios y comprobantes.
  • Realizar pagos estimados cuando corresponda.
  • Mantener actualizada la contabilidad de la empresa.
  • Revisar las obligaciones estatales y federales.
  • Prepararse para emergencias o cambios inesperados.
  • Evaluar cómo una salida de Estados Unidos podría modificar la residencia tributaria.

En el año en que una persona llega o sale de Estados Unidos podría producirse una situación de doble condición tributaria, siendo residente durante una parte del año y no residente durante otra. Esto puede cambiar el tipo de declaración que debe presentar y la manera de reportar sus ingresos. El IRS explica las reglas generales para contribuyentes con doble condición tributaria.

Por esa razón, la planificación debe comenzar antes de tomar decisiones importantes.

¿Qué puede hacerse con una empresa si tienes que salir del país?

La salida física de Estados Unidos no obliga automáticamente a cerrar una LLC o corporación. Dependiendo de la estructura, los propietarios, la actividad y la condición tributaria, podrían existir diferentes posibilidades:

1. Mantener la empresa operando

La empresa podría continuar funcionando con una administración organizada, sistemas electrónicos, contabilidad mensual y una persona responsable de determinadas operaciones dentro de Estados Unidos.

Para ello se debe revisar:

  • Quién administrará las actividades diarias.
  • Quién tendrá autorización para realizar pagos.
  • Cómo se recibirán y conservarán las correspondencias.
  • Cómo se emitirán facturas y se controlarán las cuentas por cobrar.
  • Quién atenderá proveedores, clientes y obligaciones laborales.
  • Cómo se llevará la contabilidad.
  • Cuáles declaraciones federales y estatales deberán presentarse.
  • Si la clasificación tributaria actual continúa siendo adecuada.

2. Contratar administración externa

El propietario podría contratar servicios de administración, contabilidad, facturación, conciliación bancaria, payroll y cumplimiento empresarial.

Este sistema permite que el propietario supervise su negocio desde otro estado o desde otro país, mientras profesionales dentro de Estados Unidos ayudan a mantener las operaciones y los expedientes organizados.

3. Mantener la empresa temporalmente sin operaciones

Si la empresa deja de operar por un tiempo, no significa que sus obligaciones desaparezcan. Podría seguir siendo necesario presentar declaraciones, renovar registros, conservar un agente registrado, presentar el reporte anual estatal y mantener determinados expedientes.

En Florida, las LLC y corporaciones cuentan con mecanismos para presentar reportes anuales, actualizar información y mantener activa la entidad. Florida Division of Corporations.

4. Vender, transferir, reorganizar o cerrar la empresa

En algunos casos, lo más conveniente podría ser vender ciertos activos, incorporar otro socio, modificar la administración, cambiar la estructura o cerrar ordenadamente la empresa.

Estas decisiones no deben tomarse apresuradamente. Primero deben analizarse las consecuencias tributarias, las deudas, los contratos existentes, las cuentas bancarias y las responsabilidades de los propietarios.

Si una LLC pasa a ser propiedad de una persona extranjera, podrían surgir obligaciones informativas adicionales. Por ejemplo, determinadas entidades estadounidenses de propietario extranjero pueden estar sujetas a requisitos relacionados con el Formulario 5472. Información oficial del IRS sobre el Formulario 5472.

¿Se pueden mantener las cuentas bancarias?

En determinadas circunstancias podrían mantenerse cuentas bancarias estadounidenses, pero cada institución financiera tiene sus propias políticas.

Antes de salir del país se debe:

  • Actualizar la dirección postal y la información de contacto.
  • Confirmar si el banco acepta clientes que residan fuera de Estados Unidos.
  • Revisar las condiciones de acceso electrónico.
  • Mantener activo un número telefónico que permita recibir verificaciones.
  • Establecer correctamente las personas autorizadas.
  • Revisar las tarjetas de crédito y débitos automáticos.
  • Evitar utilizar una dirección que no corresponda con la realidad.
  • Verificar qué formularios tributarios solicitará el banco.
  • Mantener fondos suficientes para pagos, impuestos y emergencias.

Tener una cuenta abierta no significa que pueda ignorarse su administración. Una cuenta sin supervisión puede acumular cargos, rechazar pagos o ser restringida si el banco no logra verificar la información del cliente.

¿Qué pasa con una propiedad que produce renta?

Una persona que sale de Estados Unidos podría mantener una propiedad y continuar recibiendo ingresos por alquiler. Sin embargo, debe organizar correctamente:

  • La administración de la propiedad.
  • El cobro mensual de la renta.
  • El pago de hipoteca, impuestos y seguro.
  • Las reparaciones y el mantenimiento.
  • La renovación de contratos.
  • Los depósitos de seguridad.
  • La preparación de reportes de ingresos y gastos.
  • Las declaraciones tributarias correspondientes.
  • Las posibles retenciones aplicables a propietarios extranjeros.

Cuando el propietario se convierte en no residente fiscal, las reglas aplicables a la renta estadounidense pueden cambiar. Bajo determinadas condiciones, un no residente puede elegir tratar los ingresos de una propiedad estadounidense como ingresos efectivamente conectados y presentar el Formulario 1040-NR. Reglas del IRS para propiedades estadounidenses pertenecientes a no residentes.

Si posteriormente decide vender la propiedad, también debe analizarse FIRPTA. Como regla general, la venta de bienes raíces estadounidenses por una persona extranjera puede estar sujeta a retención. Información oficial del IRS sobre FIRPTA.

¿Puede mantenerse un local comercial o una propiedad de la empresa?

Dependiendo del contrato y de la operación, podría evaluarse:

  • Mantener el local para que la empresa continúe operando.
  • Negociar con el arrendador.
  • Transferir determinadas responsabilidades administrativas.
  • Arrendar activos permitidos por los contratos.
  • Contratar un administrador.
  • Reducir operaciones.
  • Vender inventario o determinados activos.
  • Cerrar el establecimiento físico y mantener otras operaciones.
  • Terminar ordenadamente los contratos cuando mantenerlos ya no sea conveniente.

Cada opción tiene consecuencias financieras, contractuales y tributarias. Por eso debe revisarse antes de abandonar el local, suspender pagos o entregar apresuradamente los activos.

Ciudadanos y residentes estadounidenses que viven en otro país

Los ciudadanos estadounidenses y, generalmente, los residentes fiscales continúan sujetos a reglas estadounidenses aunque vivan en otro país. El IRS establece que los ciudadanos y residentes estadounidenses que viven en el extranjero están sujetos a tributación sobre sus ingresos mundiales y normalmente deben continuar presentando sus declaraciones. IRS: ciudadanos y residentes estadounidenses en el extranjero.

También podrían existir obligaciones relacionadas con cuentas, activos o ingresos en el extranjero.

Por otro lado, una persona que pase a ser no residente fiscal podría seguir teniendo que declarar ingresos provenientes de Estados Unidos, incluyendo rentas, actividades empresariales o ventas de propiedades.

Salir del país no elimina automáticamente las obligaciones tributarias. En muchos casos, simplemente cambia la forma de cumplirlas.

Prepare un expediente financiero familiar

Antes de cualquier salida, cada familia debería mantener un expediente físico y digital que contenga:

  • Declaraciones de impuestos personales y empresariales.
  • Formularios W-2, 1099 y K-1.
  • Estados bancarios.
  • Documentos de propiedades.
  • Contratos de alquiler.
  • Pólizas de seguro.
  • Información de hipotecas y préstamos.
  • Documentos de la empresa.
  • Lista de cuentas por pagar y cobrar.
  • Información de proveedores y empleados.
  • Accesos autorizados y métodos seguros para recuperar cuentas.
  • Información de su contador, abogado, agente de seguros y administrador de propiedades.
  • Presupuesto para varios meses de gastos.
  • Calendario de vencimientos tributarios y empresariales.

No coloque todas las contraseñas sin protección en un documento que cualquier persona pueda abrir. Utilice métodos seguros y asegúrese de que una persona de confianza sepa cómo actuar en una emergencia.

No pierdas años de trabajo por falta de planificación

No existe una respuesta única para todas las familias. Una persona podría mantener su empresa, administrar propiedades, conservar determinadas cuentas y continuar cumpliendo con sus impuestos desde otro país. Otra podría necesitar reorganizar, vender, transferir o cerrar parte de sus operaciones.

Lo importante es estudiar las opciones antes de actuar.

En Two Hundred Global Financial Solutions, LLC, podemos revisar tu situación financiera y tributaria, ayudarte a organizar tus documentos y analizar las alternativas disponibles para proteger lo que has construido.

Puedes visitarnos en nuestras oficinas o conversar con nosotros mediante videollamada. Atendemos clientes ubicados en cualquier estado de Estados Unidos y también personas que se encuentran en otros países.

Promoción especial para nuevos clientes personales

Los nuevos clientes personales que acuerden trabajar con nosotros antes del 15 de diciembre de 2026 recibirán un 15% de descuento.

No esperes hasta la próxima temporada de taxes. La preparación tributaria comienza con planificación, presupuesto, organización y decisiones tomadas a tiempo.

No pierdas años de trabajo. Conversa con nosotros y analicemos tus opciones.

Juan V. Fanti, MBA, CAA, PA
Two Hundred Global Financial Solutions, LLC
WhatsApp y teléfono: +1 (954) 683-3578
Correo electrónico: info@200GFS.com
www.200gfs.com

Este artículo ofrece información general de carácter contable, financiero y tributario. No constituye asesoría legal ni migratoria. Las alternativas y obligaciones dependen de las circunstancias particulares de cada persona, empresa y propiedad.

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