Desde mañana
cambia la evaluación de “carga pública” en Estados Unidos: lo que inmigrantes,
familias y patrocinadores deben conocer.
Por Juan V. Fanti, MBA, CAA, PA
Two Hundred Global Financial Solutions, LLC
Fecha de publicación sugerida: 18 de septiembre de 2026
Nota editorial importante: Este
artículo ofrece información general sobre las consecuencias financieras y
tributarias relacionadas con la nueva política de carga pública. No constituye
asesoría legal migratoria. Cada caso debe analizarse individualmente con un
abogado de inmigración autorizado.
La fecha y el nombre correcto de la nueva regulación
A partir del 18 de septiembre de 2026 entra en
vigor una nueva etapa en la aplicación de la regla migratoria conocida como “carga
pública”, cuyo nombre oficial en inglés es Public Charge Ground of
Inadmissibility.
Es importante comenzar con una precisión: no se trata
de una ley completamente nueva aprobada por el Congreso. Se trata de una regla
final del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS), aplicada
por USCIS, que fue publicada oficialmente en el Federal Register el 20
de julio de 2026, bajo la referencia 91 FR 45324.
La autoridad legal principal continúa siendo la
sección 212(a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA),
codificada en 8 U.S.C. § 1182(a)(4). Esta disposición permite determinar
que una persona es inadmisible si, considerando todas sus circunstancias, es
probable que en algún momento se convierta en una carga pública.
La nueva regla elimina gran parte del marco más
limitado adoptado en 2022 y devuelve a los funcionarios migratorios una
discreción mucho más amplia. Desde ahora podrán analizar no solamente
determinadas ayudas económicas en efectivo, sino también cualquier beneficio
público condicionado por los ingresos o los recursos económicos del
solicitante, junto con otros elementos de su situación personal y financiera.
En términos sencillos: USCIS ya no estará limitado a
una lista reducida ni a una fórmula automática. El funcionario podrá examinar
el panorama completo para decidir si la persona tiene capacidad real de
mantenerse económicamente o si probablemente dependerá del Gobierno para cubrir
necesidades básicas como alimentación, vivienda o atención médica.
¿A quiénes se aplica desde el 18 de septiembre de
2026?
La nueva regulación se aplicará a:
- Solicitudes
de ajuste de estatus, incluido el Formulario I-485, enviadas por
correo con matasellos del 18 de septiembre de 2026 o posterior.
- Solicitudes
de ajuste presentadas electrónicamente a partir de esa fecha.
- Determinadas
solicitudes de admisión a Estados Unidos realizadas desde esa fecha.
- En
términos generales, muchos solicitantes de residencia permanente por medio
de familiares o del empleo, salvo que exista una exención establecida por
la ley.
Las solicitudes de ajuste de estatus presentadas
correctamente antes del 18 de septiembre de 2026 y aceptadas por USCIS deberán
continuar analizándose bajo el marco de 2022.
La regulación de DHS y la nueva guía de USCIS se
concentran principalmente en los procedimientos de admisión y ajuste de
estatus. Los casos tramitados en consulados estadounidenses también están
sujetos a la causal legal de carga pública, pero el Departamento de Estado
utiliza sus propios procedimientos y manuales consulares.
No existe una lista única y cerrada de ayudas
Uno de los cambios más importantes es que la nueva
política no establece una lista cerrada de programas que siempre producen una
negación. USCIS podrá considerar cualquier “means-tested public benefit”,
es decir, un beneficio público cuya elegibilidad dependa de que los ingresos o
activos de la persona, del hogar o de la familia se encuentren por debajo de
cierto límite.
Para determinar si una ayuda pertenece a esta
categoría, normalmente se analizará:
- Si
fue pagada, financiada o administrada total o parcialmente por una agencia
federal, estatal, local o tribal.
- Si
la elegibilidad depende de los ingresos, activos o recursos económicos del
beneficiario o de su familia.
- Si
la ayuda cubre necesidades básicas como alimentación, vivienda, atención
médica o mantenimiento económico.
Además, USCIS podrá considerar no solo la recepción
efectiva del beneficio, sino también que la persona lo haya solicitado, que
haya sido aprobada o que haya sido certificada para recibirlo en el futuro. No
obstante, la existencia de una solicitud o la recepción de un beneficio no
determina automáticamente el resultado del caso.
Ayudas económicas en efectivo que pueden ser
consideradas
Entre las ayudas que pueden tener importancia se
encuentran:
- Supplemental
Security Income (SSI): asistencia económica para
personas de bajos ingresos que sean mayores, ciegas o tengan una
discapacidad. No debe
confundirse con SSDI.
- Temporary
Assistance for Needy Families (TANF): asistencia
temporal en efectivo para familias necesitadas.
- Programas
estatales, tribales, territoriales o locales de General Assistance
o asistencia económica para el mantenimiento de los ingresos.
- Otros
pagos públicos periódicos condicionados por los ingresos y destinados a
cubrir las necesidades básicas de la persona o de la familia.
Estas ayudas ya podían considerarse bajo la regla de
2022. Para beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026, USCIS
mantendrá principalmente ese tratamiento anterior: asistencia pública en
efectivo para el mantenimiento de ingresos e institucionalización prolongada
pagada por el Gobierno.
Food Stamps, alimentación y ayudas para madres y niños
A partir del 18 de septiembre de 2026, la categoría de
ayudas alimentarias condicionadas por ingresos puede adquirir mayor
importancia. Entre los
programas que deben revisarse cuidadosamente se encuentran:
- SNAP,
conocido comúnmente como Food Stamps o cupones de alimentos.
- WIC,
el programa especial de nutrición para mujeres, bebés y niños, que muchas
personas relacionan con ayudas para leche, fórmula y alimentos infantiles.
- Otros
programas federales, estatales o locales de asistencia alimentaria cuya
elegibilidad dependa de los ingresos o activos.
La recepción de SNAP o WIC no significa
automáticamente que una solicitud migratoria será negada. El funcionario deberá
considerar quién recibió realmente la ayuda, cuándo se recibió, durante cuánto
tiempo, por qué razón, cuál fue su valor y si las circunstancias que produjeron
la necesidad continúan existiendo.
Medicaid, CHIP, Medicare y ayudas médicas: no son lo
mismo
Este es uno de los puntos que más confusión genera.
Medicaid
Medicaid es normalmente un programa
condicionado por ingresos y recursos. Si el solicitante de admisión o ajuste de
estatus recibe Medicaid a partir del 18 de septiembre de 2026, USCIS podrá
considerar esa circunstancia dentro del análisis completo del caso.
También seguirá siendo especialmente relevante la
institucionalización de largo plazo pagada por el Gobierno, por ejemplo,
determinados servicios prolongados en una institución o centro de cuidado
financiados mediante Medicaid.
CHIP
El Children’s Health Insurance Program (CHIP) ofrece
cobertura médica a ciertos menores de familias que cumplen requisitos
económicos. Cuando el beneficiario real es un hijo y no el padre o la madre que
solicita el ajuste, no debe atribuirse automáticamente ese beneficio al
solicitante. Sin embargo, la dependencia económica general del hogar y el hecho
de que la elegibilidad se base en los bajos ingresos familiares pueden ser
examinados dentro del factor financiero.
Medicare
Medicare no debe confundirse con Medicaid. Medicare
es generalmente un beneficio ganado mediante las contribuciones al sistema
durante los años de trabajo y no se considera, por sí solo, un beneficio
condicionado por necesidad económica.
Sin embargo, algunos programas que ayudan a pagar las
primas, deducibles o medicamentos de Medicare —por ejemplo, determinados Medicare
Savings Programs o subsidios de bajos ingresos— sí dependen de los ingresos
y recursos. Estos programas deben analizarse separadamente porque la persona
podría estar recibiendo Medicare como beneficio ganado y, al mismo tiempo, otra
ayuda pública condicionada por necesidad económica.
Por eso, decir simplemente “recibe Medicare” no es
suficiente. Hay que identificar exactamente qué programa recibe, quién lo paga,
cuáles fueron los requisitos económicos y si existe además Medicaid u otra
ayuda.
Disability: diferencia fundamental entre SSI y SSDI
La palabra disability tampoco identifica por sí
sola el tipo de beneficio.
- SSI
es una ayuda condicionada por bajos ingresos y recursos y puede ser
considerada.
- Social
Security Disability Insurance (SSDI) es un
beneficio ganado mediante créditos de trabajo y contribuciones al Seguro
Social. Generalmente no se considera una ayuda condicionada por necesidad
económica.
- Una
discapacidad o condición médica, por sí sola, no debe ser suficiente para
concluir que una persona será carga pública.
Sin embargo, USCIS puede analizar conjuntamente la
condición médica, la capacidad para trabajar, la necesidad de tratamiento
costoso, los seguros disponibles, los recursos económicos y la posibilidad de
institucionalización prolongada. Por eso cada caso requiere documentos médicos,
financieros y laborales correctamente organizados.
Ayudas de vivienda y alquiler
Las ayudas públicas de vivienda basadas en los
ingresos pueden ser consideradas a partir de la fecha de vigencia. Esto puede
incluir, dependiendo del programa y de quién sea el verdadero beneficiario:
- Section 8 Housing Choice Vouchers.
- Vivienda pública o subsidiada.
- Ayudas
de alquiler condicionadas por los ingresos.
- Otros
programas federales, estatales o locales que paguen una parte de la
vivienda porque los ingresos del hogar se encuentran por debajo de un
límite.
Nuevamente, no existe una negación automática por
haber recibido una ayuda de vivienda. USCIS deberá evaluar su naturaleza,
cantidad, duración, frecuencia, motivo y relación con la capacidad económica
futura del solicitante.
Ayudas para estudios y educación
La nueva guía permite examinar la ayuda financiera
pública para educación superior cuando está condicionada por ingresos o
activos. Esto puede incluir determinadas becas, subvenciones o asistencia
financiera pública basada en necesidad económica.
No toda beca ni todo préstamo estudiantil constituye
carga pública. Una beca académica por mérito, un préstamo que debe pagarse o
una ayuda que no depende de bajos ingresos no debe tratarse automáticamente de
la misma forma que una subvención gubernamental basada exclusivamente en
necesidad económica. Se debe analizar el programa específico, no solamente su
nombre.
Beneficios de hijos y familiares: una aclaración
indispensable
Muchas familias tienen hijos ciudadanos
estadounidenses que reciben alimentación, seguro médico u otras ayudas. La
nueva guía de USCIS aclara que el beneficio recibido por un familiar —incluido
un hijo— no debe considerarse automáticamente como si lo hubiera recibido el
padre o la madre que solicita la residencia. Tampoco debe atribuirse al
solicitante un beneficio que este pidió únicamente en representación de otra
persona.
Sin embargo, existe un matiz importante: si un hijo o
una persona a quien el solicitante tiene la obligación legal de mantener recibe
una ayuda porque los ingresos o activos del solicitante se encuentran por
debajo del límite del programa, USCIS puede utilizar esa información para
evaluar los ingresos, activos, recursos y situación financiera del hogar.
Por lo tanto, no es correcto decir que “las ayudas de
los hijos nunca cuentan”, pero tampoco es correcto afirmar que toda ayuda de un
hijo será automáticamente imputada al padre. Dependerá de quién sea el
beneficiario, cómo se determinó la elegibilidad y qué demuestra esa ayuda sobre
la situación económica total de la familia.
Beneficios que generalmente no se consideran ayudas
condicionadas por necesidad
En términos generales, no deben tratarse de la misma
manera los beneficios ganados mediante el trabajo o las contribuciones del
beneficiario. Entre ellos
se encuentran:
- Beneficios
de jubilación del Seguro Social.
- SSDI,
cuando corresponde a un seguro ganado mediante créditos laborales.
- Pensiones del Gobierno.
- Beneficios de veteranos.
- Seguro por desempleo.
- Workers’ Compensation.
- Medicare
ordinario obtenido como beneficio ganado.
Tampoco deben confundirse los créditos tributarios con
asistencia pública para mantenimiento. El Child Tax Credit, Additional
Child Tax Credit, Earned Income Tax Credit y otros créditos fiscales
se determinan a través de la declaración de impuestos y no deben denominarse
automáticamente “welfare” o carga pública.
Esto no significa que la información de las
declaraciones de impuestos sea irrelevante. Por el contrario, los ingresos
reportados, los dependientes, el tamaño del hogar, los negocios, las pérdidas,
los activos y la consistencia entre las declaraciones tributarias y las
solicitudes de beneficios pueden resultar esenciales para evaluar la
credibilidad y capacidad económica del solicitante.
Los cinco factores mínimos que USCIS debe analizar
La ley obliga a considerar, como mínimo:
- Edad:
la capacidad presente y futura para trabajar o mantenerse.
- Salud:
condiciones médicas y su posible efecto en el empleo, los gastos y la
necesidad de cuidado.
- Situación
familiar: tamaño y composición del hogar, dependientes y
responsabilidades económicas.
- Activos,
recursos y condición financiera: ingresos,
ahorros, propiedades, inversiones, deudas, gastos y obligaciones.
- Educación
y habilidades: estudios, licencias, experiencia laboral,
capacitación, idiomas y posibilidades reales de empleo.
USCIS también podrá considerar el Formulario I-864,
Affidavit of Support, cuando corresponda, pero un patrocinador que apenas
alcance el mínimo requerido no garantiza por sí solo la aprobación. Se puede
examinar si el patrocinador realmente tiene capacidad y disposición para
mantener al inmigrante, si recibe beneficios condicionados por ingresos, si ha
patrocinado a otras personas y cuál es su historial financiero.
Ningún factor aislado —salvo ciertas deficiencias
legales específicas, como un I-864 insuficiente cuando es obligatorio— debe
decidir automáticamente el caso. La conclusión debe surgir de la totalidad
de las circunstancias.
El tiempo, la cantidad y el motivo de la ayuda también
importan
USCIS podrá
evaluar:
- La
clase de beneficio recibido.
- La
fecha de comienzo y terminación.
- El
monto o valor de la ayuda.
- La frecuencia y duración.
- El
motivo por el cual fue necesaria.
- Si
se trató de una emergencia temporal o de una dependencia prolongada.
- Si
las circunstancias que originaron la ayuda continúan.
- Si
la persona se retiró correctamente del programa cuando dejó de reunir los
requisitos.
- Si
existe probabilidad de volver a depender de la ayuda en el futuro.
Una ayuda temporal recibida durante una verdadera
emergencia no necesariamente tendrá el mismo peso que una dependencia
prolongada y combinada de múltiples programas. No obstante, el solicitante debe
estar preparado para documentar y explicar la situación con absoluta
transparencia.
Beneficios recibidos antes y después del 18 de
septiembre de 2026
La fecha es fundamental.
Antes del 18 de septiembre de 2026
USCIS aplicará el tratamiento de la regla de 2022. En general, considerará:
- SSI.
- TANF.
- Asistencia
pública estatal, tribal, territorial o local en efectivo para
mantenimiento de ingresos.
- Institucionalización
prolongada pagada por el Gobierno.
Las ayudas no monetarias que estaban excluidas bajo la
regla anterior no deben ser consideradas retroactivamente como si hubieran
estado sujetas al nuevo estándar.
Desde el 18 de septiembre de 2026
USCIS podrá considerar cualquier beneficio público
condicionado por ingresos o activos que reciba directamente el solicitante.
También puede analizar solicitudes, aprobaciones o certificaciones para recibir
esos beneficios, junto con cualquier prueba de cancelación, retiro o
terminación.
La nueva política no establece el antiguo criterio
mecánico de “12 meses dentro de 36 meses” como una fórmula automática. El
análisis será individual y discrecional, basado en la totalidad de las
circunstancias.
¿Qué ocurre con las personas que ya tienen ciudadanía?
La regla de carga pública es una causal de inadmisibilidad.
Su aplicación principal ocurre cuando una persona no ciudadana solicita
admisión o ajuste de estatus. No constituye una regla general para quitarle la
ciudadanía a una persona naturalizada únicamente porque, después de obtenerla,
solicitó legalmente un beneficio para el cual reúne los requisitos.
Una persona que ya es ciudadana puede solicitar
programas para los cuales sea legalmente elegible. La ciudadanía no elimina los
requisitos económicos de cada programa, pero tampoco convierte automáticamente
la recepción legal de una ayuda en un problema de carga pública.
Otra cosa completamente diferente es haber obtenido
beneficios mediante declaraciones falsas, ocultamiento de ingresos, identidades
falsas, dependientes inexistentes, información financiera incompleta o
documentos alterados. Eso puede constituir fraude contra un programa
gubernamental y producir devolución del dinero, multas, pérdida de beneficios y
consecuencias civiles o penales. Si además se realizaron declaraciones falsas
en un procedimiento migratorio o de naturalización, podrían existir consecuencias
migratorias separadas que deben ser evaluadas por un abogado.
Mi posición como contador: ayuda legal no significa
abuso, pero la necesidad no puede fabricarse
Durante muchos años he advertido a mis clientes que
una persona no debe organizar sus ingresos, su negocio o sus declaraciones de
impuestos con el propósito de aparentar pobreza y obtener ayudas que realmente
no necesita.
Las ayudas públicas existen para proteger a personas y
familias que verdaderamente atraviesan dificultades, enfermedades,
discapacidades, desempleo, emergencias o situaciones económicas que cumplen los
requisitos del programa. Utilizar legalmente una ayuda para la cual la persona
califica no es un delito ni debe ser motivo de vergüenza.
Pero también debemos hablar con claridad: si una
persona tiene un negocio o un empleo que le permite vivir, no puede ocultar
ingresos, inflar gastos, no reportar dinero en efectivo o presentar información
falsa para recibir alimentos, vivienda, seguro médico o pagos mensuales del
Gobierno. Eso no es una “viveza”; puede constituir fraude.
He visto durante años una mentalidad equivocada según
la cual pagar menos impuestos y recibir la mayor cantidad posible de ayudas
representa una victoria financiera. En realidad, esa conducta puede destruir el
historial económico que una familia necesita para comprar una propiedad,
obtener crédito, financiar un vehículo, desarrollar una empresa, patrocinar a
un familiar o demostrar autosuficiencia ante una agencia gubernamental.
También he visto personas que desean mostrar ingresos
muy bajos en sus declaraciones para recibir beneficios y, al mismo tiempo,
quieren demostrar ingresos altos ante un banco, un arrendador o inmigración.
Las dos versiones no pueden ser ciertas al mismo tiempo. Las declaraciones de
impuestos, los estados bancarios, las solicitudes de ayuda, la contabilidad del
negocio y los formularios migratorios deben contar una historia coherente y
respaldada por documentos.
Mi opinión profesional es sencilla: quien necesita
ayuda y cumple la ley debe recibirla. Quien ya tiene capacidad económica debe
construir su independencia, reportar correctamente sus ingresos y contribuir
conforme a la ley. Un beneficio público no debe convertirse en un plan
financiero permanente cuando la persona tiene la capacidad real de mantenerse.
El problema no es solamente migratorio: también puede
ser tributario y penal
Cuando una persona solicita un beneficio condicionado
por ingresos, normalmente certifica que la información proporcionada es
verdadera. Si reporta una cifra ante el IRS, otra ante Medicaid, otra ante SNAP
y otra ante una institución financiera, las diferencias pueden generar
preguntas, investigaciones o reclamaciones.
Entre las conductas que pueden constituir fraude
—dependiendo de los hechos y de la intención— se encuentran:
- Ocultar
ingresos de trabajo por cuenta propia.
- Recibir
pagos en efectivo y no declararlos.
- Utilizar
gastos personales como gastos del negocio para aparentar menos ingresos.
- Omitir
cuentas bancarias, propiedades o activos cuando el programa exige
informarlos.
- Declarar
que una pareja no vive en el hogar cuando sí vive allí y aporta
económicamente.
- Reclamar
dependientes que no corresponden.
- Continuar
recibiendo una ayuda después de dejar de cumplir los requisitos sin
notificar el cambio.
- Presentar
documentos o declaraciones contradictorias ante diferentes agencias.
No todo error es fraude. El fraude normalmente
requiere una declaración falsa u ocultamiento intencional. Un error
involuntario debe corregirse lo antes posible siguiendo el procedimiento del
programa correspondiente.
¿Puede perderse automáticamente la residencia o la
ciudadanía?
No. Esta regulación no crea una pérdida automática de
residencia o ciudadanía por haber recibido una ayuda.
La carga pública es principalmente una evaluación
prospectiva de admisibilidad: se intenta determinar si la persona probablemente
dependerá del Gobierno en el futuro. La recepción de un beneficio es un
elemento del análisis, no una condena automática.
Los residentes permanentes y ciudadanos no deben
asumir que todos los beneficios tendrán las mismas consecuencias. Tampoco deben
cancelar tratamientos médicos o ayudas esenciales basándose únicamente en
rumores de redes sociales. Primero hay que identificar el estatus migratorio,
el programa específico, el beneficiario real, la fecha, las condiciones
económicas y el trámite migratorio pendiente o futuro.
Exenciones importantes
La causal de carga pública no se aplica de la misma
forma a todas las categorías migratorias. Existen exenciones establecidas por
ley para determinados solicitantes, entre ellos ciertas personas que tramitan
beneficios como refugiados, asilados, visas T o U, algunas autopeticiones bajo
VAWA y otras categorías humanitarias específicas.
La existencia de una exención debe confirmarse en el
caso particular. La nueva regla eliminó del reglamento una lista administrativa
de exenciones, pero no puede eliminar las exenciones que el Congreso estableció
directamente en la ley.
La posibilidad de una fianza de carga pública
Si USCIS determina que una persona es inadmisible
únicamente por carga pública, pero cumple los demás requisitos, la agencia
puede, a su discreción, invitarla a presentar una public charge bond
mediante el Formulario I-945.
Esta fianza no se presenta voluntariamente sin
invitación. Generalmente USCIS emitiría primero una notificación de intención
de negar el caso. El monto mínimo reglamentario es de $1,000, pero USCIS puede
establecer una cantidad considerablemente mayor según el riesgo estimado y las
circunstancias financieras.
Para fianzas presentadas desde el 18 de septiembre de
2026, recibir un beneficio público condicionado por ingresos antes de que la
fianza sea cancelada puede constituir incumplimiento. La fianza puede
mantenerse durante cinco años y también puede cancelarse por naturalización,
fallecimiento, salida permanente u otras circunstancias reglamentarias.
¿Qué deben hacer las familias desde ahora?
Antes de solicitar o cancelar cualquier beneficio,
conviene seguir estos pasos:
- Confirmar
si la regla de carga pública se aplica al trámite migratorio de la
persona.
- Identificar
el nombre exacto del programa y quién aparece como beneficiario.
- Determinar
si el programa está condicionado por los ingresos o activos.
- Revisar
la fecha en que se solicitó, aprobó y recibió la ayuda.
- Conservar
las cartas de aprobación, montos, períodos y razones de elegibilidad.
- Comparar
la información presentada ante el programa con las declaraciones de
impuestos y la contabilidad del negocio.
- Corregir
inmediatamente cualquier ingreso, activo o cambio familiar que no haya
sido reportado correctamente.
- Consultar
a un abogado de inmigración antes de tomar decisiones que puedan afectar
una solicitud de residencia o admisión.
- Consultar
a un contador para verificar que los ingresos, dependientes, empresas y
declaraciones tributarias sean correctos y coherentes.
Una llamada a la planificación y a la responsabilidad
La entrada en vigor de esta regulación confirma algo
que hemos repetido durante años: la preparación de impuestos no es un trámite
que se realiza una sola vez al año. Es parte de un proceso permanente de
planificación financiera, contabilidad, documentación y cumplimiento.
Una persona no puede construir estabilidad sobre
ingresos ocultos, declaraciones artificialmente bajas y dependencia de
beneficios obtenidos con información incompleta. El verdadero crecimiento se
demuestra con contabilidad organizada, impuestos correctos, cuentas bancarias
transparentes, activos debidamente documentados y capacidad para responder ante
cualquier revisión.
En Two Hundred Global Financial Solutions podemos
revisar la parte tributaria, contable y financiera de su situación, ayudarle a
identificar inconsistencias y organizar los documentos que deberá discutir con
su abogado de inmigración. No ofrecemos asesoría legal migratoria, pero sí
podemos trabajar coordinadamente con su abogado para que la información
financiera presentada sea correcta, completa y coherente.
Comuníquese con nosotros antes de tomar decisiones
basadas en rumores o información incompleta.
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Fuentes
oficiales y referencias
- Department of Homeland Security, Public
Charge Ground of Inadmissibility, regla final publicada el 20 de julio
de 2026, 91 FR 45324.
- Immigration and Nationality Act,
sección 212(a)(4), 8 U.S.C. § 1182(a)(4).
- USCIS
Policy Manual, Volumen 8, Parte G, guía actualizada sobre inadmisibilidad
por carga pública, efectiva el 18 de septiembre de 2026.
Aviso: La regla ha sido impugnada
ante tribunales federales. Este artículo refleja la información disponible y la
entrada en vigor programada al 18 de septiembre de 2026. Una orden judicial posterior podría
modificar su aplicación.
