¿Puede Estados Unidos cerrar la puerta al “turismo de nacimiento”? La nueva ofensiva sobre la ciudadanía vuelve a abrir un debate que parecía resuelto
La Administración Trump vuelve a colocar la ciudadanía por nacimiento en el centro del debate nacional. Pero esta vez el alcance es más limitado y apunta especialmente al llamado “birth tourism”. ¿Qué puede cambiar realmente, qué ocurriría con quienes ya nacieron ciudadanos y cuál podría ser el impacto económico?
Por Juan V. Fanti, MBA, CAA, PA
Estados Unidos vuelve a enfrentarse a uno de esos debates en los que inmigración, Constitución, economía y política terminan inevitablemente entrelazándose.
El 6 de agosto de 2026, el presidente Donald Trump firmó nuevas acciones ejecutivas destinadas a restringir determinados supuestos relacionados con la ciudadanía por nacimiento y, de manera particular, combatir el denominado “birth tourism” o turismo de nacimiento: personas extranjeras que viajan a Estados Unidos con el propósito principal de dar a luz en territorio estadounidense para que el niño obtenga la ciudadanía americana.
Es importante comenzar aclarando algo porque los titulares pueden generar una impresión equivocada:
Esto no significa que, desde ayer, todo hijo de turistas que nazca en Estados Unidos haya dejado automáticamente de ser ciudadano estadounidense.
El asunto es jurídicamente mucho más complejo.
Y precisamente por eso merece ser analizado sin apasionamientos políticos.
Primero debemos entender de dónde viene el conflicto
La Decimocuarta Enmienda de la Constitución establece el principio fundamental de ciudadanía para las personas nacidas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción.
El presidente Trump ya había intentado modificar administrativamente la interpretación de este principio mediante la Executive Order 14160, firmada el 20 de enero de 2025.
Aquella orden pretendía impedir que el gobierno federal reconociera ciudadanía a determinados niños nacidos en Estados Unidos cuando la madre estuviera ilegalmente en el país o se encontrara legalmente de manera temporal y el padre no fuera ciudadano estadounidense ni residente permanente. La propia orden establecía que se aplicaría únicamente a personas nacidas después de su entrada en vigor; es decir, no pretendía quitar retroactivamente la ciudadanía a quienes ya habían nacido.
Sin embargo, el asunto llegó hasta la Corte Suprema.
Y aquí ocurrió algo trascendental.
El 29 de junio de 2026, en Trump v. Barbara, la Corte Suprema sostuvo que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran ilegal o temporalmente en el país están sujetos a la jurisdicción estadounidense y son ciudadanos al nacer bajo la Citizenship Clause de la Decimocuarta Enmienda.
Eso limita enormemente lo que cualquier presidente puede hacer mediante una simple orden ejecutiva.
Entonces, ¿qué hizo ahora el presidente Trump?
La nueva estrategia es considerablemente más estrecha.
En lugar de intentar nuevamente eliminar ampliamente la ciudadanía por nacimiento para hijos de inmigrantes indocumentados o personas temporalmente presentes, las nuevas medidas se concentran en categorías más específicas y, especialmente, en combatir el turismo de nacimiento.
La Administración sostiene que existe una diferencia entre una persona que vive en Estados Unidos —legalmente o no— y alguien que entra deliberadamente como visitante con el objetivo principal de que su hijo nazca aquí y obtenga ciudadanía estadounidense.
Los críticos responden que, independientemente de la intención de los padres, la Constitución protege al niño nacido en territorio estadounidense.
Ese probablemente será uno de los puntos centrales de las próximas controversias judiciales.
El “turismo de nacimiento” tampoco es un problema nuevo
Este punto es importante.
Estados Unidos ya tenía mecanismos para combatirlo antes de estas nuevas acciones ejecutivas.
Desde 2020 existen reglas consulares que permiten presumir que determinadas solicitudes de visa B pueden estar relacionadas con el propósito principal de viajar para obtener ciudadanía estadounidense para un hijo mediante el nacimiento.
Al mismo tiempo, las reglas reconocen que una mujer puede viajar legítimamente para recibir tratamiento médico relacionado con el embarazo o el parto, siempre que pueda demostrar las condiciones correspondientes y su capacidad para cubrir los gastos.
Además, actualmente existe en el Congreso el proyecto Ban Birth Tourism Act, presentado en mayo de 2025, que busca declarar inadmisible a una persona que solicite entrar con visa B cuando su propósito principal sea obtener ciudadanía para un hijo mediante el nacimiento en Estados Unidos. El proyecto establece expresamente una excepción para tratamiento médico legítimo relacionado con el parto cuando obtener ciudadanía no sea el propósito principal del viaje.
Por tanto, el debate no es simplemente:
¿Debe permitirse o prohibirse el turismo de nacimiento?
La verdadera discusión constitucional es mucho más profunda:
¿Hasta dónde puede llegar el Poder Ejecutivo para modificar las consecuencias jurídicas del nacimiento dentro de Estados Unidos?
Los argumentos de quienes apoyan estas medidas
Quienes consideran necesaria una política más estricta plantean varios argumentos.
Primero, sostienen que la ciudadanía estadounidense no debería convertirse indirectamente en un producto adquirido mediante viajes organizados específicamente para dar a luz.
También argumentan que existen organizaciones comerciales que promocionan paquetes de turismo de nacimiento y que algunos de estos esquemas pueden involucrar declaraciones falsas relacionadas con visas, alojamiento, ingresos o propósito del viaje.
Desde esta perspectiva, aumentar los controles podría proteger la integridad del sistema migratorio y disminuir posibles abusos.
Existe además un argumento fiscal: si determinados nacimientos terminan generando utilización de servicios públicos sin una conexión económica duradera de los padres con Estados Unidos, algunos consideran razonable revisar el sistema.
Son argumentos que merecen ser escuchados.
Pero existe la otra cara.
Los argumentos de quienes se oponen
Los críticos parten de un principio muy diferente:
La conducta de los padres no debería determinar los derechos constitucionales del niño.
Una persona recién nacida evidentemente no decidió cómo ni por qué sus padres llegaron a Estados Unidos.
También existe preocupación acerca de quién determinará cuál era la verdadera intención de una mujer embarazada al ingresar al país.
¿Viajar?
¿Visitar familiares?
¿Recibir atención médica?
¿Dar a luz?
¿Obtener ciudadanía para el niño?
Determinar una intención puede ser considerablemente más complicado que determinar un hecho.
Organizaciones de derechos civiles y especialistas legales ya anticipan nuevas impugnaciones judiciales contra las acciones anunciadas esta semana.
¿Qué ocurre con los jóvenes que nacieron de esta manera hace años?
Esta posiblemente sea la pregunta que más preocupa a muchas familias.
Un joven que nació hace 10, 15, 20 o 25 años en Estados Unidos y recibió ciudadanía estadounidense no pierde automáticamente su ciudadanía porque hoy cambie una política presidencial.
Es más: incluso la orden mucho más amplia de enero de 2025 establecía expresamente una aplicación prospectiva para determinados nacimientos posteriores a la orden.
Y ahora existe algo todavía más importante: la decisión de la Corte Suprema de junio de 2026 reafirmando la ciudadanía por nacimiento para hijos de padres presentes ilegal o temporalmente en Estados Unidos.
Por eso considero incorrecto generar alarma diciendo que millones de jóvenes ciudadanos estadounidenses podrían despertarse mañana y descubrir que dejaron de serlo.
Eso no es lo que ha ocurrido.
Otra cuestión muy diferente sería que existiera fraude documental individual, falsa identidad u otra situación jurídica particular. Eso tendría que analizarse caso por caso por un abogado especializado.
¿Y qué puede pasar con las mujeres embarazadas que quieran viajar ahora?
Aquí sí podríamos observar consecuencias mucho más inmediatas.
Podrían aumentar:
- Las preguntas durante entrevistas consulares.
- La revisión del propósito del viaje.
- Las solicitudes de evidencia financiera.
- La demostración de capacidad para pagar atención médica.
- El escrutinio en determinadas solicitudes de visa.
- Los controles relacionados con viajes cuya finalidad aparente sea dar a luz en Estados Unidos.
Pero debemos diferenciar nuevamente entre viajar embarazada y viajar con el propósito principal de obtener ciudadanía estadounidense para el hijo.
No son necesariamente lo mismo.
¿Cuántos nacimientos estamos realmente discutiendo?
Este dato también ayuda a poner el debate en perspectiva.
Associated Press cita una estimación del Migration Policy Institute de aproximadamente 26,000 nacimientos vinculados al turismo de nacimiento, frente a alrededor de 3.5 millones de nacimientos anuales en Estados Unidos.
Eso equivaldría aproximadamente al 0.7% de los nacimientos anuales.
Por tanto, estamos ante un asunto constitucional y políticamente muy significativo, pero numéricamente bastante más reducido de lo que algunas personas podrían imaginar.
¿Cuál podría ser el impacto económico?
Aquí es donde quiero apartarme momentáneamente del debate político.
Porque cada decisión migratoria también tiene consecuencias económicas.
El turismo médico mueve dinero.
Una familia extranjera que permanece varias semanas o meses en Estados Unidos puede gastar en:
hoteles o alquileres, hospitales, médicos, laboratorios, restaurantes, transporte, vehículos, compras, seguros, servicios profesionales y turismo.
Si las restricciones reducen significativamente estos viajes, determinados mercados —especialmente ciudades con una fuerte presencia de visitantes internacionales— podrían experimentar una reducción marginal de esa actividad económica.
Florida podría ser particularmente sensible a cambios en determinados segmentos de turismo internacional.
Pero tampoco debemos exagerarlo.
Con las cifras disponibles, no parece razonable pensar que eliminar el turismo de nacimiento por sí solo vaya a transformar la economía estadounidense.
El impacto probablemente será concentrado en determinados sectores y ciudades, no un acontecimiento capaz por sí mismo de modificar significativamente el PIB nacional.
También existe un costo económico de la incertidumbre
Hay otro efecto que rara vez se calcula.
La incertidumbre tiene un precio.
Cuando una familia extranjera no sabe qué ocurrirá con una visa, una inversión, una empresa o la situación migratoria de sus hijos, puede decidir:
no viajar, no invertir, no comprar una propiedad o trasladar su capital hacia otro país.
Estados Unidos compite internacionalmente por inversión, talento y capital.
Por eso cualquier modificación importante de las reglas migratorias debe evaluar no solamente quién entra al país, sino también qué mensaje recibe el inversionista internacional.
¿Qué podría ocurrir ahora?
Mi impresión es que todavía estamos viendo el comienzo, no el final, de esta nueva etapa.
Las acciones ejecutivas probablemente enfrentarán nuevos desafíos judiciales.
El Congreso también podría intervenir. De hecho, ya existen propuestas legislativas relacionadas específicamente con turismo de nacimiento y otras que buscan modificar la legislación sobre ciudadanía.
La pregunta constitucional fundamental seguirá siendo la misma:
¿Puede modificarse significativamente la ciudadanía por nacimiento mediante legislación ordinaria o acción ejecutiva, o sería necesaria una modificación constitucional?
Después de la decisión de la Corte Suprema de junio, el margen de actuación presidencial parece considerablemente más limitado.
Mi reflexión
Podemos estar de acuerdo con el presidente Trump.
Podemos estar en desacuerdo.
Podemos pensar que el turismo de nacimiento constituye un abuso.
O podemos considerar que el principio constitucional de ciudadanía por nacimiento debe permanecer prácticamente intacto.
Pero antes de tomar posición debemos separar tres asuntos que frecuentemente aparecen mezclados:
inmigración, turismo de nacimiento y ciudadanía constitucional.
No son exactamente lo mismo.
Estados Unidos tiene derecho a proteger la integridad de su sistema migratorio.
También tiene la obligación de respetar su Constitución.
Encontrar el equilibrio entre ambos principios será nuevamente tarea de los tribunales, del Congreso y, finalmente, de la sociedad estadounidense.
Y mientras ese proceso continúa, lo más responsable para las familias afectadas es no tomar decisiones importantes basándose únicamente en titulares o publicaciones de redes sociales.
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Two Hundred Global Financial Solutions, LLC no es un bufete de abogados y Juan V. Fanti no está ofreciendo asesoría legal ni migratoria mediante este artículo.
Este contenido tiene exclusivamente fines informativos, financieros, tributarios y educativos. Las personas que necesiten determinar cómo una orden ejecutiva, una ley, una decisión judicial o una situación migratoria afecta específicamente su ciudadanía o estatus deben consultar con un abogado de inmigración debidamente autorizado en Estados Unidos.
Juan V. Fanti, MBA, CAA, PA
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