Process will allow family members to reunite in the United States while they wait for immigrant visas to become available WASHINGTON – U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) today announced a Federal Register notice implementing a new family reunification parole (FRP) process for Ecuador, advancing the Biden-Harris Administration’s successful combination of expanded lawful pathways and strengthened enforcement to reduce irregular migration. The FRP processes promote family unity and are one of the comprehensive measures announced in April to promote safe and orderly migratory pathways, consistent with the objectives in the Los Angeles Declaration on Migration and Protection. The new FRP process is by invitation only for certain nationals of Ecuador and allows an eligible beneficiary to be considered for parole into the United States on a case-by-case basis while they wait for their family-based immigrant visa to become available. This process is intended to reunite families more quickly and provide an alternative to dangerous irregular migration. Certain nationals of Ecuador who are beneficiaries of an approved Form I-130, Petition for Alien Relative, may be eligible to be considered for parole under the new FRP processes. Qualifying beneficiaries must be outside the United States, must meet all requirements, including screening and vetting and medical requirements, and must not have already received an immigrant visa. The process begins with the Department of State issuing an invitation to initiate the process to certain U.S. citizen or lawful permanent resident petitioners whose Form I-130 filed on behalf of an Ecuadorian principal beneficiary has been approved. Beneficiaries waiting for an immigrant visa could include certain children and siblings of U.S. citizens and certain spouses and children of permanent residents. The invited petitioner can then file a request to be a supporter of the beneficiary and eligible family members, who may then be considered for advance travel authorization and parole. USCIS will begin using Form I-134A, Online Request to be a Supporter and Declaration of Financial Support, for this process on Nov. 17, 2023. As with all parole requests, under this FRP process for certain nationals of Ecuador, parole will be authorized only on a case-by-case and temporary basis after determining that there are urgent humanitarian or significant public benefit reasons for authorizing parole and that the beneficiary warrants a favorable exercise of discretion. Noncitizens paroled into the United States under this process will generally be considered for parole for up to three years and can request employment authorization while they wait for their immigrant visa to become available. When their immigrant visa becomes available, they may apply to become a lawful permanent resident. Section 212(d)(5)(A) of the Immigration and Nationality Act provides Secretary of Homeland Security Alejandro N. Mayorkas with the discretionary authority to parole applicants for admission into the United States temporarily on a case-by-case basis for urgent humanitarian or significant public benefit reasons. Previous secretaries have exercised the parole authority to establish other family reunification parole processes administered by USCIS, including the Cuban Family Reunification Parole Program in 2007 and the Haitian Family Reunification Parole Program in 2014. DHS announced new FRP processes for Colombia, El Salvador, Guatemala, and Honduras in July and the modernization of FRP processes for Cuba and Haiti in August. El proceso permitirá que los familiares se reúnan en los Estados Unidos mientras esperan que las visas de inmigrante estén disponibles WASHINGTON – Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunciaron hoy un aviso del Registro Federal que implementa un nuevo proceso de permiso de reunificación familiar (FRP) para Ecuador, avanzando la combinación exitosa de la Administración Biden-Harris de vías legales ampliadas y aplicación reforzada para reducir la migración irregular. Los procesos del FRP promueven la unidad familiar y son una de las medidas integrales anunciadas en abril para promover vías migratorias seguras y ordenadas, consistentes con los objetivos de la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección. El nuevo proceso FRP es solo por invitación para ciertos nacionales de Ecuador y permite que un beneficiario elegible sea considerado para el permiso de ingreso a los Estados Unidos caso por caso mientras espera que su visa de inmigrante basada en familia esté disponible. Este proceso tiene como objetivo reunir a las familias más rápidamente y ofrecer una alternativa a la peligrosa migración irregular. Ciertos nacionales de Ecuador que son beneficiarios de un Formulario I-130 aprobado, Petición de familiar extranjero , pueden ser elegibles para ser considerados para libertad condicional bajo los nuevos procesos de FRP. Los beneficiarios calificados deben estar fuera de los Estados Unidos, deben cumplir con todos los requisitos, incluidos los requisitos médicos y de investigación de antecedentes, y no deben haber recibido ya una visa de inmigrante. El proceso comienza cuando el Departamento de Estado emite una invitación para iniciar el proceso a ciertos peticionarios ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales cuyo Formulario I-130 presentado en nombre de un beneficiario principal ecuatoriano haya sido aprobado. Los beneficiarios que esperan una visa de inmigrante podrían incluir ciertos hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes. El peticionario invitado puede luego presentar una solicitud para apoyar al beneficiario y a los familiares elegibles, quienes luego pueden ser considerados para una autorización de viaje anticipada y libertad condicional. USCIS comenzará a utilizar el Formulario I-134A, Solicitud en línea para ser patrocinador y Declaración de apoyo financiero , para este proceso el 17 de noviembre de 2023. Como ocurre con todas las solicitudes de libertad condicional, según este proceso de FRP para ciertos nacionales de Ecuador, la libertad condicional se autorizará solo caso por caso y de forma temporal después de determinar que existen razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo para autorizar la libertad condicional y que el beneficiario justifica un ejercicio favorable de la discreción. Los no ciudadanos a los que se les permite ingresar a los Estados Unidos bajo este proceso generalmente serán considerados para la libertad condicional por hasta tres años y pueden solicitar autorización de empleo mientras esperan que su visa de inmigrante esté disponible. Cuando su visa de inmigrante esté disponible, podrán solicitar convertirse en residentes permanentes legales. La Sección 212(d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad otorga al Secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas, la autoridad discrecional para otorgar libertad condicional a los solicitantes de admisión a los Estados Unidos temporalmente, caso por caso, por motivos urgentes. razones humanitarias o de beneficio público significativo. Los secretarios anteriores han ejercido la autoridad de libertad condicional para establecer otros procesos de libertad condicional por reunificación familiar administrados por USCIS, incluido el Programa de libertad condicional por reunificación familiar cubana en 2007 y el Programa de libertad condicional por reunificación familiar haitiana en 2014. El DHS anunció nuevos procesos de FRP para Colombia, El Salvador, Guatemala, y Honduras en julio y la modernización de los procesos de FRP para Cuba y Haití en agosto. U.S. Citizenship and Immigration Serviceswww.200gfs.com |
jueves, 16 de noviembre de 2023
USCIS Establishes Family Reunification Parole Process for Ecuador / USCIS establece proceso de libertad condicional por reunificación familiar para Ecuador
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