Los dueños de viviendas que hacen mejoras como reemplazar puertas y ventanas viejas, instalar paneles solares o actualizar un calentador de agua pueden calificar para créditos tributarios por energía de la vivienda. Deben saber lo que estos créditos pueden hacer por ellos, y tener cuidado con las afirmaciones exageradas que las compañías que intentan obtener su negocio pueden hacer.
Hay dos créditos tributarios para ayudar a cubrir los costos de los dueños de viviendas que realizan mejoras de eficiencia energética en su residencia principal o secundaria. En algunos casos, los inquilinos también pueden reclamar costos específicos. Los propietarios no pueden usar estos créditos para mejoras realizadas a ninguna casa que alquilen.
Crédito por las mejoras de eficiencia energética de la vivienda
Los contribuyentes pueden reclamar el Crédito por las mejoras de eficiencia energética de la vivienda solo para mejoras, adiciones o renovaciones a una casa existente. No se aplica a las casas de nueva construcción. Los costos calificados pueden incluir:
- Puertas exteriores, ventanas, tragaluces y materiales aislantes.
- Acondicionadores de aire centrales, calentadores de agua, hornos, calderas y bombas de calor.
- Estufas y calderas de biomasa.
- Auditorías energéticas de la vivienda.
La cantidad de crédito que usted puede recibir es un porcentaje del total de los gastos de las mejoras en el año de la instalación:
- 2022: 30%, hasta un máximo de $500 de por vida.
- 2023 a 2032: 30%, hasta un máximo de $1,200. Las estufas y las calderas de biomasa tienen un límite de crédito anual separado de $2,000, sin límite de por vida.
Crédito por energía limpia residencial
Los contribuyentes también pueden reclamar el Crédito por energía limpia residencial para los costos calificados de una casa existente o una casa de nueva construcción. Los costos calificados pueden incluir:
- Generación de energía solar, eólica y geotérmica
- Calentadores solares de agua
- Celdas de combustible
- Almacenamiento de baterías
La cantidad de crédito que los contribuyentes pueden recibir es un porcentaje del total de los gastos de las mejoras en el año de la instalación:
- 2022 a 2032: 30%, sin límite máximo anual ni de por vida
- 2033: 26%, sin límite máximo anual ni de por vida
- 2034: 22%, sin límite máximo anual ni de por vida
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Cualquier duda o inquietud, no dudes de expresarla, aqui.